Guanajuato, Gto., 7 de mayo de 2026.- El grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional presentó una iniciativa para reformar el Código Territorial para el Estado y los Municipios de Guanajuato y la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Estado de Guanajuato con la finalidad de implementar sistemas de captación de agua pluvial para consumo personal y doméstico en el régimen de condominios.
Al hacer uso de la voz, la diputada Ruth Noemí Tiscareño Agoitia indicó que los problemas que se originan por la dotación de agua para consumo del hogar son cada vez más frecuentes por la crisis climática que genera sequías, lluvias excesivas e inundaciones, lo que lleva a la necesidad de políticas públicas de todos los gobiernos para generar la cultura de captación de aguas pluviales.
La congresista mencionó que dichas prácticas generalmente favorecen y fortalecen el derecho humano al agua por ser una tecnología sustentable que recolecta, conduce y almacena agua pluvial, principalmente desde techos, para su uso doméstico o comunitario para reducir la dependencia de la red pública, mitigar inundaciones y proporcionar agua para limpieza y riego.
Refirió que la nueva Ley General de Aguas estableció la obligación de que las entidades federativas fomenten la inclusión de sistemas de captación de agua pluvial en códigos de construcción y en la legislación sobre propiedad en condominio, por lo que es fundamental armonizar el Código Territorial y la ley local de propiedad en condominio para que los proyectos de construcción incluyan sistemas de captación.
Tiscareño Agoitia mencionó que la iniciativa propone que la Secretaría del Agua y Medio Ambiente verifique el cumplimiento de la obligación en edificaciones clasificadas como condominio y que los municipios lo hagan al autorizar permisos de construcción, traza y urbanización, además, plantea que los programas de vivienda e hidráulicos incorporen la incentivación de estos sistemas y que se promueva una cultura para el uso eficiente y cuidado del recurso hídrico mediante acciones en el entorno educativo.
Asimismo, incluir que la Asamblea General de los condominios contenga dentro de sus facultades el determinar las acciones para el cuidado del sistema de captación de agua pluvial y de su almacenamiento para evitar que sufra contaminación del agua para atender las necesidades mínimas indispensables, para consumo personal y doméstico y que, en el caso de gastos por modificaciones o reparaciones del condominio, se cubran de manera proporcional a su indiviso.
La parte correspondiente al Código Territorial para el Estado y los Municipios de Guanajuato se turnó a la Comisión de Desarrollo Urbano y Obra Pública; mientras que lo relativo a la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Estado de Guanajuato, se turnó a la Comisión de Justicia para su estudio y dictamen.



