Así lo estableció este lunes la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que también destacó que la eficacia de la investigación en el caso de muertes violentas de mujeres, depende de manera directa de la prueba técnica realizada por los peritos.
De esta manera, la Corte ordena a las autoridades que en los crímenes contra mujeres se preserven evidencias específicas para determinar si hubo violencia sexual, así como hacer las pruebas periciales pertinentes para determinar si la víctima estaba inmersa en un contexto de violencia.
“En el caso de muertes de mujeres, se deben identificar las conductas que causaron la muerte y verificar la presencia o ausencia de motivos de género que originan o explican la muerte de la víctima”, puntualizó en un comunicado.
En toda muerte violenta de una mujer la autoridad debe identificar la posible presencia de motivos o razones de género que hayan originado dicha muerte. La Corte estableció estándares para hacer una investigación con perspectiva de género en casos de feminicidio. pic.twitter.com/XBjbvPVKyg
— Suprema Corte (@SCJN) December 23, 2019
La SCJN detalló que los protocolos para la investigación de muertes de mujeres deben tomar en cuenta:
1. Si el cuerpo presenta signos de defensa y lucha.
2. Si hay indicios de maltrato crónico anterior a la muerte de la víctima.
3. Si hay signos de violencia en los bordes cubitales de manos y antebrazos, uñas, así como mordeduras de mamas o contusiones al interior de los muslos, entre otras cuestiones probatorias relevantes.