Rercuciones legales y fiscales del Buen Fin

Mtra. Diana Laura León Hernández, columnista Platino News.

“El Buen Fin” surgió en 2011 inspirado en el denominado “Viernes Negro” o “Black Friday” estadounidense como una iniciativa conjunta del gobierno federal y organizaciones privadas con la finalidad de reactivar la economía mexicana, fortalecer los comercios formales y el empleo.

La Secretaría de Economía anunció que el Buen Fin 2022 durará cuatro días iniciando el viernes 18 de noviembre al lunes 21 de noviembre que a diferencia del año 2021 duró siete días, se trata de la doceava edición de esta iniciativa ofreciendo a los consumidores descuentos en diversos productos tanto en tiendas como en las compras en línea.

Como cada año el Sistema de Administración Tributaria incentiva a consumidores y a los comercios a participar en el sorteo del “Buen Fin”, se contempla la entrega de 321,261 premios a los tarjetahabientes que podrán participar haciendo una compra mínima de 250 pesos por medios electrónicos en los comercios participantes registrados exitosamente en el programa “El Buen Fin”, y en el caso de comercios que cumplan con los requisitos de participación se prevén hasta 4,988 premios.

La publicación de la lista de los ganadores será por medio de la página del SAT el día 14 de diciembre de 2022. La entrega de premios no es por parte de recursos del Gobierno Federal, sino que serán cubiertos mediante depósitos de dinero por los Bancos entregándose en las tarjetas o cuentas a través de las cuales se realizaron las operaciones de compra o venta correspondientes.

El SAT fomenta el uso de medios electrónicos para crear huella ya que es una buena medida para fiscalizar a los consumidores y ver cuánto gastan con sus tarjetas de crédito y/o débito, pero, ¿Conoces las implicaciones fiscales y legales de tus compras?

Existe un término llamado Discrepancia Fiscal esto significa que cuando se compruebe que una persona física con o sin actividades económicas registradas ante el RFC en un año calendario tiene más erogaciones que ingresos declarados, o que le hubiese correspondido declarar, las autoridades tributarias podrán utilizar cualquier información para comprobarlo como por ejemplo los estados de cuenta bancarios para verificar tantos los depósitos como las erogaciones que realizaste.

Y, ¿Qué se considera una erogación?

Son los gastos, las adquisiciones de bienes muebles o inmuebles, los depósitos en cuentas bancarias, en inversiones financieras o tarjetas de crédito.

¿Qué consecuencias trae la Discrepancia Fiscal?

La autoridad cada vez tiene más facultades y herramientas para fiscalizar con mayor precisión, debes tomar en cuenta que el SAT puede revisar si declaraste menos ingresos de los que obtuviste o no los declaraste y tuviste más erogaciones sin comprobar la fuente de dónde provinieron dichos ingresos pues al comprobarse la Discrepancia Fiscal serás acreedor a el pago de multas y pagar el ISR correspondiente.

Sin embargo, también tenemos que preocuparnos por los depósitos en efectivo que se hagan en nuestras cuentas bancarias, el SAT no es notificado si la cantidad en efectivo que fue depositada o recibida se mantiene en 15 mil pesos mexicanos, esto es de manera mensual, pero si el monto supera dicha cantidad, la institución puede proceder con una auditoría para aclarar la procedencia del dinero y aquí estamos tocando un delito muy delicado en materia penal llamado Lavado de Dinero.

¿Qué tipo de depósitos o dinero recibido pueden ser notificados ante el SAT?

Cualquier monto en efectivo abonado en la ventanilla del banco, cajeros automáticos y cheques que necesitan ser cobrados en caja.

En febrero de este año se aprobó reformas legales que facultan a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) a bloquear cuentas bancarias por el simple hecho de tener indicios de que una persona está relacionada con delitos de Lavado de Dinero esto sin un que medie un mandato judicial, es decir, no te avisan que tu cuenta ha sido bloqueada.

 

Aquí te menciono algunas recomendaciones para tus compras del “Buen Fin”:

  • No prestes tu tarjeta de crédito a familiares o amigos.
  • Al pagar con tu tarjeta de crédito o débito solo utiliza dinero que has declarado fiscalmente, si depositas dinero en tu cuenta o tienes transferencias bancarias que no declaraste estarás en Discrepancia Fiscal.
  • Si compras a meses sin intereses con tu tarjeta de crédito evita hacer el pago de tu mensualidad con depósitos en efectivo pues si lo haces y excede de los 15 mil pesos mensuales podrías estar en la presunción de Lavado de Dinero y además puede ser bloqueada tu cuenta bancaria.
  • Resguarda toda la documentación necesaria de tus compras para demostrar en caso de que llegaran a investigarte (tickets de compra, facturas, estado de cuenta bancarios, etc.).

Recuerda que todas las cuentas bancarias de cualquier institución financiera son fiscales.

C.P. y M.A. Diana Laura León Hernández

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Mtra. Diana Laura León Hernández
Licenciada en Contaduría Pública por la Universidad Latinoamericana con Mención Honorífica Cursó la maestría en Auditoría en la Universidad EPCA Cuenta con una certificación en Fiscalidad Internacional por la Universidad de Santiago de Compostela, España Asistente de las XXX Jornadas Latinoamericanas de Derecho Tributario (ILADT) en Montevideo, Uruguay Socio activo del Colegio de Contadores Públicos A.C. de León, Guanajuato Integrante de la Comisión Nacional del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) de Prevención de Lavado de Dinero y Financiamiento al Terrorismo. Ha trabajado como Docente en posgrados UNIVA Dueña y directora del Despacho AFC Cuenta con especialidad en temas de Fiscal, Auditoría, Prevención de Lavado de Dinero y Compliance empresarial.