Guanajuato, Gto., 21 de agosto de 2025.- Porque el cobro de préstamos “gota a gota”, con violencia de por medio, se ha convertido en un “cáncer” que afecta a las personas más vulnerables, el diputado Alejandro Arias planteó la necesidad de “actuar con mayor rigor” y propuso incrementar las sanciones a quienes incurren en esa cobranza extrajudicial ilícita.
Presentó su iniciativa de reforma al Código Penal en sesión de la Diputación Permanente de la 66 Legislatura y en su exposición de motivos resaltó que los préstamos “gota a gota”, de por si impagables, suelen cobrarse utilizando la violencia y la intimidación.
Dijo que, en ese esquema de préstamos fáciles con cobro de interés por día o semana, y de intereses sobre intereses por retrasos, suelen participar organizaciones delincuenciales que llegan a contratar extranjeros para ejecutar actos violentos e intimidatorios sobre los deudores.
Recordó que ya en 2024 el GPPRI presentó una iniciativa para sancionar a quienes brindan préstamos de fácil acceso, pero difíciles de pagar, y que se archivó el mes pasado, y resaltó que la que presentó hoy es para insistir en que el Poder Legislativo debe proceder con mayor rigor para sancionar “dicha conducta que se ha vuelto un cáncer en ciertas zonas del estado”.
“Es urgente actuar con mayor rigor, proponiéndose el aumento de las sanciones de prisión y la pecuniaria, y agravar la sanción cuando intervengan servidores públicos, pues no es desconocido para nadie que algunos cuerpos policiacos, coludidos con estas organizaciones delictivas, coadyuvan a realizar los cobros extrajudiciales indebidos”, añadió el congresista.
Arias Ávila se refirió a abundante información en medios de comunicación que da cuenta de cobranza extrajudicial ilícita, sin juicio de por medio, pero sí de violencia e intimidación, en varios municipios del estado para dimensionar los alcances de ese fenómeno que afecta física, psicológica y económicamente a las personas más vulnerables económicamente.
Su iniciativa busca incrementar las sanciones en materia de prisión y de multa, para que en lugar de uno a cuatro años de prisión y de 10 a 40 días de multa a quien lleve a cabo la cobranza extrajudicial ilícita, se le apliquen de tres a seis años de prisión y de 20 a 60 días de multa.
Y que cuando intervenga un servidor público, la pena de prisión se incremente de dos tercios del mínimo a dos tercios del máximo y, además, se le destituya del empleo, cargo o comisión y se le inhabilite por un tiempo igual al de la pena de cárcel impuesta.