Pide se elimine restricción por edad para continuar siendo magistrado

Guanajuato, Gto., a 13 de abril de 2023.– El diputado Ernesto Alejandro Prieto Gallardo presentó una iniciativa de reforma a la Constitución Política para el Estado de Guanajuato para eliminar disposiciones normativas que restringen y anulan el goce e igualdad de los derechos humanos y libertades de las personas mayores, con relación a continuar desempeñando su trabajo con motivo de su edad.

El congresista señaló en su exposición de motivos que se pretende ajustar la Constitución local a la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, que ha sido ratificada por México.

Apuntó que dicha convención señala en su artículo 1 que su objeto es promover, proteger y asegurar el reconocimiento y el pleno goce y ejercicio, en condiciones de igualdad, de todos los derechos humanos y libertades fundamentales de la persona mayor, a fin de contribuir a su plena inclusión, integración y participación en la sociedad.

Argumentó que es una realidad que las personas mayores van perdiendo oportunidades de trabajo en el mercado laboral y que, si bien en el ámbito privado es una situación que depende principalmente del acuerdo y contratación que celebren las partes, en el ámbito público no deben existir normas que restrinjan los derechos laborales de las personas mayores.

En ese sentido se refirió a lo establecido en la mencionada norma jurídica que establece que los magistrados del Supremo Tribunal de Justicia perderán el cargo por retiro forzoso al cumplir 75 años, lo que implica un acto discriminatorio.

“Un retiro forzoso por cumplir 75 años para quien, teniendo el cargo de una magistratura en el Supremo Tribunal de Justicia del Estado, es una restricción que anula y restringe el goce e igualdad para continuar desempeñando una función pública como modo de vida y ocupación profesional, para la cual la persona ha sido electa, tener la expectativa de ser reelecto o estar transcurriendo el plazo de un segundo periodo”, enfatizó Prieto Gallardo.

Finalmente, apuntó que la reforma plantea que la restricción válida que puede prevalecer es la que establece un plazo máximo de 14 años, siendo magistrado propietario.

La iniciativa fue turnada a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales para su estudio y dictamen.