Nada por encima de la ley

Katya Morales Prado
Katya Morales Prado

Esta semana el ejecutivo federal anunció que por decreto presidencial la guardia nacional pasaría a mandos militares. La Constitución señala en su artículo 20 sin lugar a interpretaciones lo siguiente  “Las instituciones de seguridad pública, incluyendo la Guardia Nacional, serán de carácter civil, disciplinado y profesional.” Encontrando así que la propuesta de decreto anunciado sería inconstitucional por ir directamente en contra de lo que ahí se establece.

La senadora, ex secretaria de gobernación y ministra en retiro Olga Sánchez Cordero al ser entrevistada al respecto señalo que nada estará por debajo de la ley y que dado el caso sería la Suprema Corte de Justicia de la Nación la que determinaría si el decreto sería o no constitucional.

A lo que se refiere es a un medio de Control Constitucional, el cual se acciona al momento de que alguna autoridad, en este caso el ejecutivo, transgrede lo dispuesto por la Constitución.

Independientemente de que se accionen los medios de control constitucional y que en su caso la Corte determine la inconstitucionalidad, lo cual podría no ocurrir pues de pronto tenemos una corte que resuelve más políticamente que jurídicamente, es importante hacer la reflexión del respeto o irrespeto a la ley que por el gobierno se está manifestando.

¿No debería el Presidente de la República recordar su juramento de cumplir y hacer cumplir la Constitución que hizo al momento de protestar el cargo y entonces autorregularse y por su propio actuar  sí cumplir la Constitución? ¿Es necesario que exista atrás de los actos del gobierno todo el tiempo un guardián Constitucional que los esté regresando cada vez que pretenden cruzar la raya de la Constitucionalidad?

Las Constituciones existen para regular los gobiernos, para ordenar la forma en que se conducen, el poder corrompe y el poder absoluto corrompe absolutamente, por eso la Constitución se asegura de que todos los poderes deban sujetarse al principio de legalidad el cual establece que “La autoridad solo puede hacer lo que tiene permitido expresamente hacer” En este caso el presidente no puede ignorar lo que dice la Constitución, ni puede modificarla a su antojo.

Mucho se han manifestado al respecto desde la ONU, los Colegios de Abogados y cualquiera que esté en contra de la militarización del País, el fondo que se protege de asegurar el carácter civil es importante pero no olvidemos tampoco la forma que se está pretendiendo romper al hacer uso de decretos presidenciales para pasar por encima de la ley.

Mtra. Katya Morales Prado
Abogada egresada de la Universidad Iberoamericana León. Maestra en Derecho Corporativo, por la Universidad Latinoamericana. Maestra en Derecho Constitucional y Amparo, por la Universidad Iberoamericana León, con un Máster en Políticas Anticorrupción Iberoamericanas por la Universidad de Salamanca, España, cursando actualmente Doctorado en Derecho.