La ubicación de casillas, obligado territorio neutro

Pepe Pedroza
Pepe Pedroza, analista Platino y especialista en temas electorales.

León Guanajuato a 6 de noviembre de 2020.- El día de la elección el votante se levanta con la ligereza de todo domingo y planea su día según la natural convivencia familiar del día de descanso, salvo que tenga que trabajar como muchos que se dedican al comercio o la prestación de servicios; Votar entonces es una actividad que realizan en un tercer o hasta cuarto plano de prioridad, siempre y cuando encuentren el espacio de tiempo (unos 20 minutos aproximadamente) y si la mesa receptora de voto les resulta accesible y plenamente ubicada.

En cuanto a cumplir con nuestra obligación de votar con la convicción que todo buen ciudadano debiera de hacerlo poco puede hacer nuestro sistema político, es una valoración personal y que va de la mano con el desarrollo de nuestra conciencia social, las instituciones electorales deberán de seguir impulsando la participación ciudadana y la difusión de mayores estrategias de participación como hasta el momento lo han hecho.

Lo que si puede y debe garantizar es que existan todas las condiciones óptimas para que los electores sufraguen su voto, entre ellas existe una muy relevante y es la ubicación de la casilla.

La Ley General de Instituciones y Procedimientos electorales establece en su art. 255  los criterios que se deben observar para su instalación, tales como: no ser casas habitadas por servidores públicos, garantizar el libre acceso, no ser inmuebles de partidos políticos, iglesias, cantinas, casa de campaña de candidatos o estar a 50 mts. de estos lugares.

Muy importante resaltar que la propia ley establece que se preferirán las escuelas públicas y oficinas gubernamentales, siendo la última opción los domicilios particulares, lo anterior busca dotar de certeza y objetividad el desarrollo de la elección, teniendo como premisa que la batalla electoral se de en territorio neutral, donde nadie tenga influencia o pueda ejercer presión de ningún tipo que obstaculice la jornada electoral, es por eso que la ubicación es importante para determinar el ánimo del electorado.

Instalarse en un domicilio particular implica convenir con un ciudadano para que permita el acceso a su domicilio (regularmente los patios o cocheras) a funcionarios electorales y representantes de partido, muchas veces tendrá que prestar la mesa, las sillas y permitir el uso de su baño, lo cual deriva en ocasiones en molestias, o peor aun en confrontaciones y discrecionalidad por parte del dueño de la casa.

Cualquiera pensaría que en el Noroeste del estado en el Distrito 1 con cabecera en San Luis de la Paz seria el territorio con más complicaciones para ubicar sus casillas en lugares públicos, sin embargo solo hubo necesidad de instalar en domicilio particular 25 casillas de las 463 que integran este Distrito, es decir un 5.39%.

Sin embargo en el Municipio de León 552 de las 1838 casillas se instalan en domicilio particular es decir poco más del 30% del total de casillas, lo anterior a pesar de que nos resultaría más lógico que una ciudad urbana como la metrópoli del bajío tendría una mayor infraestructura y cobertura de escuelas y lugares públicos.

¿Cuál es la razón?  ¿Sera que no existen escuelas u oficinas públicas?

Las explicaciones que se pueden encontrar al respecto es que el hacinamiento social también se traduce a lo electoral, con la falta de servicios públicos y una deficiente operación del INE en la búsqueda de ubicaciones de casilla, porque a la autoridad electoral le resulta más sencillo convenir el préstamo con un ciudadano que establecer una coordinación con la SEP para el préstamo de sus instalaciones.

¿Por qué es relevante que se eviten los domicilios particulares?

Porque de ser así se propician irregularidades que muchas veces no son intencionales, o peor aún son el escenario propicio para estrategias que vulneran la voluntad de los electores (compra de votos, carrusel etc.).

¿Cuántos casos no hemos conocido en donde el dueño de la casa corre a representantes y funcionarios al cierre de la jornada?

En apoyo de lo anterior y como una mera teoría expongo un ejemplo:

La casilla 1384 Básica que se instaló en una casa particular en la calle San Blas 206 en la Colonia el Coecillo, contaba con 698 boletas disponibles de las cuales se utilizaron 628 en votos, es decir que dentro de los 600 minutos que dura la jornada electoral (de 8:00 a 18:00 horas) cada minuto con cuatro segundos (1.04 min) una persona emitía su voto.

Lo anterior es a todas luces una irregularidad, pues considerando que eran 6 boletas por ser una elección presidencial la del 2018, el proceso de votación debería de promediar entre cada votante con un mínimo de 3 a 4 minutos.

¿Quién gano? El Partido Acción Nacional curiosamente se llevó las preferencias de la casilla con 435 votos.

Las casillas ubicadas en la Universidad de la Salle (1702 B), en el Colegio de Arquitectos (1282 B) y la Escuela Nuevo Continente (1711 C1) por mencionar algunos ejemplos, presentan todas condiciones similares en donde sin ser escuelas públicas el PAN logro capitalizar más de 400 votos en estas casillas, es decir que cada minuto y medio el pan recibía un voto en la urna.

Por más que se traten de casillas en zonas residenciales o bien en colonias populares, es materialmente imposible tal flujo de votación, la explicación mas lógica es un error doloso e intencional al momento de los cómputos y/o en el llenado de actas.

¿Cuánto de ello influyo en que la casilla fuese en un domicilio particular?

Las suspicacias están ahí y es deber de la autoridad despejar cualquier elemento que vulnere la participación de la ciudadanía y sin duda el que las casillas se instalen en lugares particulares no ayuda a la certidumbre de ninguna elección.