Se habló mucho la semana pasada con respecto a la consulta de que si debería juzgar o no a los ex presidentes, y muchos abogados, más con la especialidad constitucionalista, dijeron al unísono que dicha pregunta violada derechos constitucionales y principios generales del derecho, por lo que dicha consulta era improcedente, desde su origen, pero ¿por qué?
La respuesta es clara: seguramente hemos visto en la televisión que cuando habla de imputado, siempre lo llama ñor su nombre seguido de la letra N, por ejemplo: Emilio N. O bien le tapan los ojos con una cinta negra, esto lo hacen para preservar el derecho, entre otros dela debido proceso pero ¿Qué es el debido proceso?
El debido proceso es el conjunto de formalidades esenciales que deben observarse en cualquier procedimiento legal, y con el apego irrestricto a los derechos humanos, fundamentales y garantías de toda persona. Por tal motivo es indiscutible que todo servidor público debe de garantizar y respetar los recursos legales para hacer valer su defensa, es decir, para asegurar o defender sus libertades, garantías, derechos y acceso.
El debido proceso incluye también las condiciones que deben cumplirse para asegurar que toda persona procesada, indiciada, vinculada o sentenciada pueda defenderse, respetándose en todo momento su cumplimiento a la regla de trato y a la dignidad.
Siendo así, estábamos ciertos y seguros que no iba a prosperar dicha consulta, ya que así lo señalaban los expertos constitucionalistas, pero ¿Qué sucedió realmente?
La SCJN ¿permitió que se violara el debido proceso de los ex presidentes? Toda vez que en una de las mañaneras el presidente de la república, amenazo a los ojos de mucho a los magistrados de la SCJN, a los ojos de muchas personas.
Así que la SCJN quedo entre la espada y la pared, o quedaba mal parada permitiendo la violación de los derechos humanos de los ex presidentes, cumpliendo así los caprichos del mandatario, o bien la otra opción era, resguardar los derechos humanos o bien romper con el ejecutivo, ambas situaciones súmante delicadas para la política y el estado de derecho del país.
Y ¿Qué decisión tomaron los magistrados de manera unánime:
La Corte resolvió que sí podría hacerse la consulta, siempre y cuando cambiara la pregunta.
La que se autorizó fue la siguiente:
“¿Estás de acuerdo o no en que se lleven a cabo las acciones pertinentes, con apego al marco constitucional y legal, para emprender un proceso de esclarecimiento de las decisiones políticas tomadas en los años pasados por los actores políticos, encaminado a garantizar la justicia y los derechos de las posibles víctimas?”.
Siendo esta una jugada maestra de los ministros de la corte, ya que con esa respuesta aprobó la consulta, y al hacer la pregunta genérica salvaguardo el estado de derecho aunque los puristas del derecho opinen lo contrario, que esa opinión es con sustento más filosófico que con sustento jurídico, como dijeran los apasionados del billar, fue una jugada de tres bandas, o como dijeran en el mundo taurino:Corto orejas y rabo.