Agencias (La Jornada), 31 de marzo de 2026..- En febrero de 2024, la Fiscalía General de la República (FGR) comunicó a la jueza González que no encontró pruebas que confirmaran la existencia de tortura contra Mario Aburto tras su detención. La fiscalía concluyó que durante el arresto y traslado de Aburto a la Ciudad de México, después de ser detenido por el asesinato de Luis Donaldo Colosio el 23 de marzo de 1994 en Tijuana, Baja California, no hubo tortura.
Según publicó el diario La Jornada, desde noviembre de 2023, la Fiscalía Especial de Investigación del Delito de Tortura notificó a Aburto sobre la consulta realizada, señalando que no se acreditó la comisión de tortura en su caso. Sin embargo, Aburto presentó una denuncia ante la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), donde afirmó haber sido amenazado para asumir el papel de asesino de Colosio.
En junio de 2025, la jueza negó el amparo solicitado por Aburto, argumentando que sus señalamientos eran recientes y no se habían incluido en etapas anteriores del proceso, por lo que resultaban improcedentes.
Magistrados otorgan amparo
El año pasado, Aburto interpuso un recurso de revisión contra la sentencia de la jueza González, mismo que fue enviado al Octavo Tribunal Colegiado. Los magistrados Alberto Torres Villanueva, Nelly Montealegre Díaz y Jorge Vázquez Aguilera resolvieron de manera unánime conceder el amparo, señalando que hubo errores formales en el procedimiento.
La jueza Montealegre Díaz explicó que se detectó una violación al procedimiento judicial del amparo, ya que no se notificó a los terceros interesados. Por ello, se ordenó revocar la sentencia y reiniciar el proceso, para que se reconozca el carácter de las personas indiciadas y se les permita participar y defenderse en el juicio.
Los magistrados coincidieron en que, al tratarse de una acción penal, las personas beneficiadas por la decisión debieron ser notificadas y llamadas a juicio, conforme al artículo quinto de la Ley de Amparo. Una vez que se reponga el procedimiento, el juez deberá emitir una nueva resolución.






