Inicia México programa de exportaciones de aguacate sin deforestación

Agencias, 26 de octubre de 2025.- El gobierno federal arrancó formalmente el programa de agroexportaciones sin deforestación que tendrá como protagonista al aguacate.

Este proyecto se enfocará en la cadena productiva del aguacate, desde la siembra y manejo del cultivo hasta el corte, empaque y exportación, bajo condiciones laborales dignas y con cumplimiento de normas fitosanitarias.

 México es el principal productor de este fruto con casi 3 millones de toneladas anuales y exporta principalmente a países como Estados Unidos, Canadá, Japón y España. De acuerdo con el Departamento de Agricultura estadunidense, se estima que las ventas del aguacate mexicano alcanzarán los 4 mil millones de dólares al cierre de 2025.

Al programa federal se incorporarán de manera progresiva otros productos y se espera que el próximo sea las berries, otro de los frutos que tienen mayor demanda en el extranjero.

Será instrumentado por las secretarías de Agricultura y Desarrollo Rural (Sader), del Trabajo y Previsión Social (STPS), de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), y el Instituto Mexicano del Seguro Social.

La producción de aguacate enfrenta retos como la deforestación y la informalidad laboral. De acuerdo con la Semarnat, entre 2018 y 2024 se identificaron alrededor de 20 mil hectáreas deforestadas para establecer huertas de aguacate, algunas de ellas mediante incendios provocados. Además, es un cultivo con una alta demanda hídrica y su expansión descontrolada afecta gravemente los ecosistemas.

El acuerdo del Diario Oficial de la Federación, vigente desde ayer, establecen las acciones para garantizar que los productos y subproductos agrícolas de exportación del aguacate se lleven a cabo en terrenos libres de deforestación, se cumpla con los requisitos fitosanitarios, y que los trabajadores laboren en condiciones dignas, excluyendo totalmente el trabajo infantil.

De esta manera, los jornaleros agrícolas podrán tener acceso a los seguros del IMSS.

Además, indica que debe instalarse una Comisión Técnica que integrarán los titulares de las Secretarías antes mencionadas y quienes podrán designar a un suplente para que participe en las sesiones en su ausencia.

 Esta instancia tendrá que ser instalada en los próximos 30 días hábiles, y sesionará de forma ordinaria, cuando menos cuatro veces al año.

En el documento se menciona que en los 60 días siguientes las dependencias y el IMSS emitirán disposiciones de carácter administrativo para establecer la mecánica operativa y procedimientos conforme a sus atribuciones, con el objeto que aquellas que correspondan, inicien su aplicación a partir del 1° de abril de 2026.