Agencias, 19 de agosto de 2026.- Estados Unidos fijó cuotas antidumping preliminares de entre 3.37% y 5.28% a las importaciones de fresa mexicana para la temporada invernal. Ante esto, el gobierno de México manifestó su “grave preocupación” por la resolución del Departamento de Comercio de Estados Unidos (DOC), la cual determina la existencia de dumping —práctica comercial que consiste en exportar a un precio inferior a su valor normal— con un margen promedio del 4.83% para la mayoría de los exportadores nacionales.
El origen del conflicto
El caso inició el 31 de diciembre de 2025, cuando productores de Florida solicitaron ante el DOC y la Comisión de Comercio Internacional de Estados Unidos (ITC) la aplicación de derechos antidumping. La petición se basó en dos premisas controvertidas: diferenciar la “fresa de invierno” de la fresa en general y acotar el mercado a una región del este estadounidense.
Aunque la ITC concluyó en marzo de 2026 que no existían bases para dividir el producto ni el mercado nacional, el DOC mantuvo ambos criterios en su fallo preliminar. La Secretaría de Economía advirtió que esta postura sienta un precedente riesgoso que podría ser utilizado contra otros productos hortofrutícolas mexicanos.
Impacto económico y social
El sector fresero representa un pilar socioeconómico clave para el país:
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Estructura productiva: Casi 5,000 productores cultivan fresa en México; el 97% posee 10 hectáreas o menos.
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Empleo: La cadena genera cerca de 151,000 puestos de trabajo entre personal permanente y temporal.
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Volumen de comercio: En 2025, México exportó 263,000 toneladas de fresa a EE. UU., con un valor de 1,000 millones de dólares.
Violación a acuerdos comerciales
La Secretaría de Economía argumentó que los supuestos del DOC incumplen el Acuerdo Antidumping de la Organización Mundial del Comercio (OMC) y diversos artículos del T-MEC. El gobierno mexicano, en conjunto con el sector privado, dará seguimiento puntual al proceso con miras a la resolución final de la ITC, prevista para principios de 2027.



