Guanajuato, Gto., 1 de mayo de 2026.- El Pleno del Congreso del Estado de Guanajuato aprobó la reforma al Código Penal del Estado de Guanajuato, para reconfigurar el delito de cobranza extrajudicial ilícita e incrementar su punibilidad cuando haya intervención de servidores públicos.
Las modificaciones contemplan que se entienda por cobranza extrajudicial ilícita, el uso de violencia o intimidación, ya sea personalmente o a través de cualquier medio, en contra del deudor o de alguien con quien este se encuentre ligado por algún vínculo familiar, afectivo o que haya fungido como referencia o aval, para requerir el pago de un crédito o una deuda derivada de una obligación contenida en las leyes, con independencia del tenedor de los derechos de cobro al momento de llevar a cabo la cobranza.
Además de un incremento a la pena de prisión cuando intervenga algún servidor público, además de la destitución del empleo, cargo o comisión públicos e inhabilitación para desempeñar otro hasta por un tiempo igual al de la pena de prisión impuesta.
Al hablar a favor del dictamen, el congresista Carlos Abraham Ramos Sotomayor manifestó que con estas reformas se cierra la puerta a prácticas abusivas que trasladan ese hostigamiento a terceros, ampliando indebidamente el alcance de la presión y generando entornos de miedo a la sociedad.
Añadió que además se instruye un castigo mayor cuando en esos cobros ilegales y violentos participe un servidor público, si alguien desde el servicio público usa su posición para intimidar, ayudar o permitir ese tipo de cobros ilegales, el daño será mayor porque se pierde la confianza en las instituciones.
Comentó que también se prevé su destitución y la imposibilidad de volver a acceder a un cargo público, por el mismo tiempo que haya sido sentenciado.
En su intervención, el legislador Alejandro Arias Ávila indicó que el dictamen busca erradicar esquemas criminales como los préstamos gota a gota, que utilizan el hostigamiento y el uso de la fuerza contra comerciantes, adultos mayores y familias enteras, por lo que los cambios reconocen que el miedo y la intimidación no pueden ser el vehículo para el cobro de deudas, protegiendo así la integridad de quienes hoy son víctimas de prácticas que atentan contra la dignidad humana en mercados y colonias.
Agregó, que las modificaciones son cuidadosas al establecer que la simple información sobre consecuencias legales no constituye intimidación, pero advierte que si existe falsificación de documentos o usurpación de funciones, se aplicarán las reglas del concurso de delitos, aunado a que la distinción ayuda a dar certeza jurídica y asegurar que el sistema penal cuente con herramientas claras para diferenciar una gestión de cobranza legal de una extorsión disfrazada.
Finalmente, resaltó como pieza central la agravante por intervención de servidores públicos, una medida impulsada para evitar que se utilice la investidura oficial como herramienta de presión, donde se establecen sanciones severas que pueden alcanzar los 6 años y 6 meses de prisión, además de la destitución e inhabilitación inmediata para ocupar cargos públicos.
En su oportunidad el congresista Rolando Fortino Alcántar Rojas precisó que hoy el miedo, el temor, cambiará de lado. Precisó que estaban a favor de garantizar la legítima recuperación del crédito, pero eso estaba lejos del terror y de las deudas impagables, que afectaban no solo a quien contrajo la deuda sino a su entorno.
Remarcó que el dictamen es jurídicamente sólido, que se expande la protección a quienes hoy quedan fuera de la ley, se castiga a los servidores públicos que se involucren en ese tipo de prácticas y se brindan las herramientas a la fiscalía y al juzgador para poder impartir justicia.



