Guanajuato, Gto., 11 de diciembre.- El Pleno del Congreso aprobó las primeras leyes de ingresos municipales para el ejercicio fiscal de 2020.
Las leyes de ingresos corresponden a los municipios de Abasolo, Acámbaro, Apaseo el Alto, Atarjea, Comonfort, Cortazar, Doctor Mora, Huanímaro, Jaral del Progreso, Jerécuaro, Manuel Doblado, Ocampo, Pueblo Nuevo, Purísima del Rincón, Romita, Salamanca, Salvatierra, San Diego de la Unión, San Felipe, San José Iturbide, San Luis de la Paz, Santa Catarina, Santiago Maravatío, Silao de la Victoria, Tarandacuao, Tierra Blanca, Uriangato, Victoria y Xichú.
Al someter a discusión y votación los dictámenes de las iniciativas en lo particular, las diputadas y los diputados se reservaron diversos artículos.
La diputada Vanessa Sánchez Cordero se reservó los artículos de las leyes de ingresos que abordan el tema del cobro del Derecho de Alumbrado Público (DAP), a fin de que los contribuyentes paguen solo el 10 por ciento respecto al consumo de energía eléctrica y no el 12 por ciento tal como actualmente se propone en las leyes de ingresos municipales.
Asimismo, se reservó el artículo 4 de la Ley de Ingresos del municipio de Romita, en materia del cobro del predial, a fin de que se quede con el esquema recaudatorio vigente.
Al hablar a favor de la propuesta, el legislador Isidoro Bazaldúa Lugo refirió que los ciudadanos que viven en Romita no cuentan con la posibilidad económica para cubrir el incremento en el cobro del impuesto predial que se propone en la iniciativa mencionada.
De igual forma, la legisladora María Magdalena Rosales Cruz se reservó los artículos de las leyes de ingresos que concierne al tema del cobro del DAP. En este sentido, se manifestó en contra de que se aumente al 12 por ciento el cobro de dicho servicio, pues dijo, los ayuntamientos no se han comprometido con el gasto adecuado del recurso y prefieren aumentar los impuestos a los ciudadanos. Al respecto, propuso que se conserve el cobro del DAP en 10 por ciento.
Por su parte, el congresista Raúl Márquez Albo se reservó el artículo 14 fracción II de la Ley de Ingresos del municipio de Uriangato, a fin de que se elimine el concepto de indexación y se deje el ajuste inflacionario del 3.5 por ciento acordado en los criterios generales, lo anterior respecto a las cuotas de servicio de agua potable.
Las reservas expuestas no fueron aprobadas.
En otro punto del orden del día, se turnaron a la Comisión de Hacienda y Fiscalización para su estudio y dictamen, los informes de resultados formulados por la Auditoría Superior del Estado de Guanajuato, relativos a las revisiones practicadas a las operaciones realizadas con recursos del Ramo General 33 y obra pública por las administraciones municipales de León, Pueblo Nuevo, San Felipe, Tarimoro y Valle de Santiago, correspondientes al ejercicio fiscal del año 2018.