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Analizan diputados abandono de ejercicio profesional en Guanajuato

Guanajuato, Gto., 5 de mayo de 2026.- Convocadas por la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, se llevaron a cabo tres mesas de trabajo para analizar el mismo número de iniciativas.

Derecho de profesionistas a abandonar prestación de servicios

En la primera se revisó la iniciativa de reforma a la Ley de Profesiones para el Estado para proteger en forma preventiva el derecho de los profesionistas, entre ellos, los abogados, para negar, suspender o abandonar la prestación del servicio profesional.

Con la propuesta se busca incluir el derecho preventivo a los profesionistas para que éstos tengan la posibilidad de renunciar, suspender o abandonar la prestación del servicio que justificaría cualquier inobservancia de los principios éticos que rijan la profesión de que se trate, cuando se acredite justificadamente que está en riesgo su vida, salud, familia o patrimonio, realizando el oportuno aviso al solicitante o usuario y, en su caso, a la autoridad competente cuando se esté prestando el servicio mediante procedimiento o proceso jurisdiccional o administrativo.

De manera general, se comentó que era necesario revisar aquellos casos en los que el profesionista podría abstenerse de prestar sus servicios; esto es, decidir a quién o en qué casos, o bajo qué circunstancias, aceptará o no comenzar una relación profesional con un cliente.

El diputado Juan Carlos Romero Hicks manifestó que la propuesta es interesante y se tiene que revisar cómo queda en la norma, ya que se debe cuidar el ejercicio profesional porque la realidad ha cambiado.

Transparencia y rendición de cuentas de los fideicomisos

En la última mesa se dialogó sobre una propuesta para reformar la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, a efecto de reforzar la transparencia y rendición de cuentas de los fideicomisos, fortaleciendo la vigilancia del uso de los recursos.

La iniciativa busca reforzar el mecanismo de control y exigibilidad a través del fortalecimiento del órgano de vigilancia y que el Comité Técnico de los fideicomisos cuente con un órgano de vigilancia que se integre por una pluralidad de personas que provengan de un nombramiento de la Secretaría de la Honestidad, del Congreso del Estado de Guanajuato y, en su caso, con personas representantes de Organizaciones de la Sociedad Civil, de las Cámaras y Asociaciones empresariales y de las Universidades, Tecnológicos o Centros de Investigación públicos.

De manera general, se indicó que no se considera viable, pues resulta invasiva de las facultades otorgadas en la norma suprema al Poder Ejecutivo, en cuanto a su potestad de organizarse en su régimen interior, y del cual forman parte los órganos de vigilancia que se han dispuesto para la correcta operación y actuación en las entidades paraestatales; que se debe considerar que el Poder Legislativo ya tiene participación activa dentro de la inspección del ejercicio del gasto público estatal y su congruencia con el presupuesto de egresos; y que la función fiscalizadora de la Auditoría Superior del Estado también comprende los recursos públicos que sean transferidos a fideicomisos.