A las 19:00 horas del 6 de junio iniciará el PREP en Guanajuato: IEEG

El coordinador de la bancada de Morena anunció que sí irán por una reforma electoral. Foto: Especial

Guanajuato, Gto., 8 de abril de 2021.- El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato (IEEG) determinó la fecha, hora de inicio, última actualización de la publicación de los datos, imágenes y bases de datos; además del número de actualizaciones por hora del Programa de Resultados Electorales Preliminares (PREP) para el Proceso Electoral Local (PEL) Ordinario 2020-2021 en el estado de Guanajuato.

El PREP es el mecanismo de información electoral encargado de proveer los resultados preliminares y no definitivos, de carácter estrictamente informativo a través de la captura, digitalización y publicación de los datos asentados en las Acta(s) de las casillas que se reciben en los Centros de Acopio y Transmisión de Datos autorizados por el instituto.

Se determinó que la publicación del PREP inicie a las 19:00 horas del 6 de junio de 2021, es decir, el mismo día de la jornada electoral; desde el inicio de la publicación y hasta el cierre del PREP se generará una actualización cada 20 minutos (tres veces por hora) respecto de los datos, imágenes y bases de datos que contengan. El cierre del PREP será a las 19:00 horas del 7 de junio de 2020.

En otro punto del orden del día se determinó la improcedencia el recurso de revocación 9/2021-REV-CG promovido por Eduardo Ramírez Pérez, presidente del Comité Directivo Estatal del partido Fuerza por México, en contra del acuerdo CGIEEG/108/2021 aprobado en la sesión especial urgente celebrada el 4 de abril de 2021 en que se resolvió la improcedencia del registro de las candidaturas postuladas por el referido instituto político para contender en las elecciones ordinarias de Acámbaro, Irapuato, Salvatierra y San Francisco del Rincón.

No obstante que el recurso de revocación es improcedente, de conformidad con el artículo 389, fracción IV, de la ley electoral local, en consideración del Consejo General, tal acto es susceptible de combatirse a través del recurso de revisión, cuyo conocimiento y resolución corresponde al ámbito de competencia del Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato (TEEG).

En consecuencia, en aras de maximizar el derecho de acceso a la jurisdicción del recurrente y con fundamento en los artículos 1o. y 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se ordenó remitir el escrito de expresión de agravios y las pruebas documentales ofrecidas en éste al TEEG, a fin de que dicho órgano jurisdiccional determine lo que corresponda en relación con la admisión, desechamiento, y en su caso, resolución de la impugnación promovida.

Asimismo, se radicó y se admitió el recurso de revocación 8/2021-REV-CG promovido por Jesús Fidel Campa Miranda, representante propietario del Partido Encuentro Solidario (PES) ante el Consejo General del IEEG, en contra del acuerdo CGIEEG/086/2021 aprobado en sesión extraordinaria del 25 de marzo de 2021, por el que se dio respuesta a su solicitud de que la credencial para votar haga las veces de constancia de residencia de las personas cuyas candidaturas postule el referido instituto político.

El 27 de marzo el PES presentó en el IEEG un escrito dirigido a la Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación mediante el que interpuso juicio de revisión constitucional electoral en contra del acuerdo CGIEEG/086/2021.

El 7 de abril de 2021 el TEEG emitió el acuerdo plenario de improcedencia y reencauzamiento del medio de impugnación promovido por el representante del PES.

En el acuerdo plenario se declaró improcedente el recurso de revisión al no haberse agotado la instancia legal correspondiente y se reencauzó la demanda al Consejo General del IEEG para que la conozca, sustancie y resuelva a través del recurso de revocación por lo que dicho Consejo General instruyó a la Unidad Técnica Jurídica la elaboración del correspondiente proyecto de resolución dentro del término legal.

Finalmente se presentó el informe al Consejo General, con motivo de la interrupción de la señal, durante la transmisión de la sesión extraordinaria urgente del Consejo General que se celebró el 7 de abril a partir de las 15:30 horas.