Agencias, 3 de noviembre de 2026.- El mundo del fútbol se encuentra de luto tras confirmarse este martes el fallecimiento de Jesús de Miguel Alameda, delantero del CD Tenerife de 30 años de edad. El jugador murió a causa de una parada cardiorrespiratoria en el Hospital Universitario Nuestra Señora de Candelaria, horas después de sufrir un fuerte e fortuito golpe con el guardameta del FC Andorra, Jesús Owono, durante un partido de la Segunda División de España.
El trágico suceso ocurrió en la recta final del encuentro disputado en el Estadio Heliodoro Rodríguez López, cuando ambos futbolistas disputaban de manera dividida un balón dentro del área. El guardameta Owono salió a despejar el esférico e impactó severamente con la rodilla al atacante, lo que provocó que este cayera desvanecido al césped. De Miguel fue evacuado de urgencia en ambulancia al centro médico, donde ingresó en la Unidad de Cuidados Intensivos (UCI) antes de sufrir el fatal desenlace.
La situación penal del portero Jesús Owono
Tras notificarse la muerte de De Miguel, el Grupo de Homicidios de la Policía Nacional de España, bajo la supervisión del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, abrió una investigación de oficio. De acuerdo con la normativa legal de ese país, cualquier fallecimiento producido por causas no naturales exige la apertura reglamentaria de un expediente judicial para constatar las circunstancias exactas de los hechos.
Respecto al panorama judicial para el arquero del FC Andorra, los escenarios legales clave contemplan:
-
Inexistencia de dolo: Tanto las autoridades jurisprudenciales como el Fiscal Jefe de Santa Cruz de Tenerife, José Luis Sánchez-Jáuregui, señalan la dificultad de un proceso penal de mayor gravedad al tratarse de un lance de juego en disputa de balón, descartándose inicialmente el animus laedendi o la intencionalidad explícita de causar daño.
-
Posible tipificación penal: En caso de que la investigación penal determine la existencia de alguna falta penalmente relevante, la hipótesis evaluada encuadraría en un homicidio por imprudencia (no doloso) al amparo del Artículo 142 del Código Penal español. Si se determina imprudencia grave, la ley estipula penas de 1 a 4 años de prisión; si se califica como imprudencia menos grave, se contempla una sanción de multa económica.
-
Jurisdicción deportiva y precedentes: De no hallarse responsabilidad penal o indicios de negligencia fuera del riesgo inherente al deporte, el caso se resolvería exclusivamente en la vía de la justicia deportiva y las sanciones disciplinarias de la Real Federación Española de Fútbol, en consonancia con la jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre acciones dentro del terreno de juego.
El guardameta ecuatoguineano Jesús Owono se encuentra conmocionado por lo sucedido y procedió al cierre temporal de sus perfiles en redes sociales ante la presión mediática, mientras los estamentos deportivos internacionales y la federación rinden homenaje a la memoria de Jesús de Miguel.



