Inicio Columna A toda acción corresponde una reacción: ruptura del PAN

A toda acción corresponde una reacción: ruptura del PAN

Doctor Alfredo Sainez, columnista en Platino News.

En política como en las leyes físicas “a toda acción corresponde una reacción igual, pero en sentido contrario”, diría el científico británico Isaac Newton (1642-1727); así lo confirma la manifestación del PAN en la Explanada de la Feria de León llevada a cabo el pasado 9 de mayo, luego de que concurriera la “plana mayor” −como se dice coloquialmente−, encabezadas por los presidentes de las dirigencias nacional, estatal y municipal del Partido Acción Nacional (PAN), e incluida la gobernadora guanajuatense Libia Denisse García Muñoz Ledo y excandidatos a la presidencia de la República del “blanquiazul”, como una reacción a la ruptura del PAN, luego de que la alcaldesa del municipio de León, Alejandra Gutiérrez Campos, anunciará su renuncia a este partido político al considerarlo que “va en caída libre”. En este contexto, cabe preguntar: ¿Con esta manifestación reactiva a la escisión de la alcaldesa de León, el PAN no incurrió en un acto anticipado de precampaña o campaña debido a que aún no comienza el proceso electoral rumbo a las elecciones de 2027? ¿De qué magnitud fue la renuncia de Alejandra Gutiérrez a las filas del PAN? ¿Por qué se tuvo que llamar a la “plana mayor” del PAN? ¿Cuál es la intencionalidad política “real” o “aparente” de esta manifestación… “operación cicatriz”, unidad o contener futuras escisiones o rupturas de Acción Nacional en el municipio de León o en el estado de Guanajuato?

Sin duda, hay más preguntas que respuestas. Lo real es que esta manifestación fue reactiva al anunció de la ruptura que sufrió el PAN, luego de que la alcaldesa Alejandra Gutiérrez renunciara a este instituto político y, posteriormente, aglutinara a Movimiento Ciudadano. En este tenor, cabe reflexionar: ¿fue tardía o precipitada la manifestación?

De acuerdo con los tiempos políticos, el proceso electoral ordinario inicia en el mes de septiembre previo a la elección, según el artículo 225-1, de la Ley General Instituciones y Procedimientos Electorales. En este rubro, cabe preguntar: ¿el PAN no incurrió en un acto anticipado de precampaña o campaña?

De acuerdo con lo que establece el artículo 3, numeral 1, incisos a y b, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, nos definen los actos anticipados de campaña y precampaña:

Artículo 3.

  1. Para los efectos de esta Ley se entiende por:
  2. a) [Actos Anticipados de Campaña: Los actos de expresión que se realicen bajo cualquier modalidad y en cualquier momento fuera de la etapa de campañas, que contengan llamados expresos al voto en contra o a favor de una candidatura o un partido, o expresiones solicitando cualquier tipo de apoyo para contender en el proceso electoral por alguna candidatura o para un partido;]
  3. b) [Actos Anticipados de Precampaña: Las expresiones que se realicen bajo cualquier modalidad y en cualquier momento durante el lapso que va desde el inicio del proceso electoral hasta antes del plazo legal para el inicio de las precampañas, que contengan llamados expresos al voto en contra o a favor de una precandidatura;]

Ahora bien, para considerar que un acto es “anticipado”, sea de precampaña o campaña, se requiere que estén presentes los siguientes elementos: (1) quien realiza el acto (personal); (2) que ocurra en un tiempo restringido (temporalidad) y (3) que se haga el llamado expreso a votar en favor o en contra de alguno de los contendientes (subjetivo).

De ser afirmativa la respuesta a la pregunta anterior, ¿cuál sería la sanción?

Ustedes tienen la palabra.

Dr. Alfredo Sainez
Doctorado en Pedagogía por el Colegio de Estudios de Postgrado del Bajío (CEPOB); Maestría en Innovación y Gestión Pedagógica por el CEPOB; Maestría en Administración Pública por el INAP-México; Maestría en Derecho Parlamentario por la Benemérita Universidad de Oaxaca (BUO); Especialidad en Derecho Parlamentario y Técnica Legislativa por la BUO; Máster en Los Retos del Constitucionalismo en el Siglo XXI en la Universidad de Barcelona; Asesor Experto en Conocimiento, Ciencia y Ciudadanía en la Sociedad de la Información por el Instituto de Formación Continua de la Universidad de Barcelona; Licenciatura en Ciencias Políticas y Administración Pública por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM). Catedrático de la División de Derecho, Política y Gobierno de la Universidad de Guanajuato.